RECONOCIMIENTO MÉDICO LABORAL

El reconocimiento médico laboral se realiza a los trabajadores de una empresa y consiste en la obtención de información mediante preguntas, exploraciones y pruebas médicas orientadas a la detección de problemas de salud relacionados con los riesgos del puesto de trabajo.

Una vez realizado, se informa al trabajador del resultado del reconocimiento médico laboral y si resulta o no apto para el puesto a desempeñar. También se harán, en su caso, las recomendaciones y medidas preventivas a adoptar.

A la empresa únicamente se informará de si el trabajador es apto o no apto para el puesto de trabajo que desempeña y jamás se informará a la empresa de cualquier dato relativo a la salud del trabajador, respetando así el derecho a la intimidad y a la confidencialidad de los resultados.

Los reconocimientos médicos laborales pueden ser de diferentes tipos en función de las circunstancias:

  • Inicial: Cuando se produce una nueva incorporación del trabajador a la empresa.
  • Periódico: Cada cierto tiempo, habitualmente cada año, para poder detectar variaciones en la salud.
  • Por cambio de puesto de trabajo o función que supongan diferentes riesgos para la salud.
  • Después de una ausencia prolongada del trabajador derivada de Incapacidad Temporal por enfermedad o accidente.
  • Después de la finalización de la relación laboral debido a riesgos inherentes al trabajo que se ha realizado.

El reconocimiento médico laboral anual es un derecho voluntario del trabajador pero también es una obligación para el empresario.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 22 establece que «el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo».

Ahora bien, existen excepciones contempladas en el artículo 22 de la ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales que lo hacen obligatorio para el trabajador:

  • Los casos en los que el reconocimiento sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los empleados.
  • Los casos en los que sea necesario verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para sí mismo, para los compañeros o para otras personas.
  • Cuando la obligatoriedad se determine legalmente.

La negativa por parte del trabajador en estos casos, puede acarrearle sanciones que vienen contempladas por ley, llegando incluso al despido procedente.

Las empesas serán las responsables de disponer de un contrato con un Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que realice reconocimientoes médicos a sus trabajadores con la periodicidad que indique la ley según su puesto de trabajo.

En el caso de los autónomos, son ellos mismos los responsables de cumplir con la Vigilancia de la Salud.

La empresa tiene que poner a disposición de sus trabajadores la posibilidad de efectuarse el reconocimiento médico laboral. En caso de incumplimiento por parte de la empresa de esta obligación, esta será la responsable directa de cualquier problema que pueda derivarse de enfermedad profesional.

La empresa debería ofrecer de manera anual a sus trabajadores la posibilidad de someterse a un reconocimiento médico y también debería recoger la fecha del último reconocimiento médico que se realizaron y tenga constancia, por escrito, de la negativa o renuncia del derecho del trabajador a realizarse el reconocimiento médico.

Los reconocimientos médicos consisten en cuestionario/preguntas al trabajador sobre su salud y una exploración física general que incluye:

  • Estudio del historial médico: datos de filiación, antecedentes personales, familiares, laborales, etc.
  • Exploración clínica: Peso y talla.
  • Exploración Física: Control de tensión arterial, auscultación respiratoria y cardíaca, exploración del aparato locomotor, exploración abdominal, exploración del sistema neurológico y de la piel.
  • Pruebas complementarias: Análisis de sangre y orina, electrocardiograma, control visión, audiometría y/o espirometría.
  • Pruebas que se presupuestarían a parte: radiografías, ecografías,… y todas las pruebas que no estén incluidas en el reconocimiento médico laboral.

RECONOCIMIENTO MÉDICO BÁSICO

Con este reconocimiento médico podrás conocer tu estado general de salud, especialmente en lo relacionado con los factores de riesgo para la salud más habituales, y sobre los cuales se puede actuar preventivamente para evitar el desarrollo de determinadas patologías.

Podrás detectar lo antes posible, signos o síntomas de alteraciones metabólicas (diabetes, etc.) o alteraciones cardiovasculares (hipertensión, patologías cardíacas, etc.), problemas renales, etc.

  • Realización de historia clínica y recogida de datos:
    • Anamnesis general y específica dirigida fundamentalmente a la detección de factores de riesgo metabólicos y cardiovasculares.
    • Antecedentes personales y fisiológicos
    • Hábitos tóxicos
    • Medicaciones
    • Alergias
  • Medición de constantes biológicas:
    • Frecuencia cardíaca y tensión arterial
  • Somatometría:
    • Peso y talla
  • Exploración física completa
    • Auscultación cardiopulmonar
    • Exploración aparato locomotor.
    • Exploración abdominal.
    • Exploración cuello
    • Exploración piel
    • Exploración neurológica básica
  • Análisis de sangre:
    • Numeración Globular, Sangre: Hematies (Hemoblobina, Hematocrito, Volumen corpuscular medio, Hb Corpuscular Media , Conc.Hb. Corpusclar Media, Ind.Distribución Hematíes), Plaquetas (Volumen Plaquetar Medio, Plaquetocrito, Ind. Distribución Plaquetas) y Leucocitos.
    • Fórmula Leucocitaria, Sangre: Neutrófilos cayados, Neutrófilos segmentados, Eosinófilos, Basófilos, Linfocitos y Monocitos.
    • VSG (Velocidad de Sedimentación Globular) Sangre
    • Bioquímica Básica, Suero: Glucosa, Creatinina, Ácido Úrico, AST/GOT, ALT/GPT, GGT, Colesterol, Triglicéridos.
  • Análisis de Orina:Análisis citoquímico de la orina
  • Emisión de consejos y recomendaciones

Según los hallazgos de las exploraciones realizadas y del análisis de sangre y orina, se facilitarán recomendaciones y consejos adaptados a cada situación.

Hay que venir en ayunas como mínimo de 4 horas pero es aconsejable que sean ayunas de 8 horas.

RECONOCIMIENTO MÉDICO PREVENTIVO

Con este reconocimiento médico podrás conocer tu estado general de salud, especialmente en lo relacionado con los factores de riesgo para la salud más habituales, y sobre los cuales se puede actuar preventivamente para evitar el desarrollo de determinadas patologías.

Podrás detectar lo antes posible, signos o síntomas de alteraciones metabólicas (diabetes, etc.), alteraciones cardiovasculares (hipertensión, patologías cardíacas, etc.), problemas renales, problemas pulmonares, de visión o auditivos.

  • Realización de historia clínica y recogida de datos:
    • Anamnesis general y específica dirigida fundamentalmente a la detección de factores de riesgo metabólicos y cardiovasculares.
    • Antecedentes personales y fisiológicos
    • Hábitos tóxicos
    • Medicaciones
    • Alergias
  • Medición de constantes biológicas:
    • Frecuencia cardíaca y tensión arterial

 Somatometría:

    • Peso y talla
  • Exploración física completa
    • Auscultación cardiopulmonar
    • Exploración aparato locomotor.
    • Exploración abdominal.
    • Exploración cuello
    • Exploración piel
    • Exploración neurológica básica
  • Control visión
  • ECG (electrocardiograma) de reposo
  • Audiometría
  • Espirometría
  • Análisis de sangre:
    • Numeración Globular, Sangre: Hematies (Hemoblobina, Hematocrito, Volumen corpuscular medio, Hb Corpuscular Media , Conc.Hb. Corpusclar Media, Ind.Distribución Hematíes), Plaquetas (Volumen Plaquetar Medio, Plaquetocrito, Ind. Distribución Plaquetas) y Leucocitos.
    • Fórmula Leucocitaria, Sangre: Neutrófilos cayados, Neutrófilos segmentados, Eosinófilos, Basófilos, Linfocitos y Monocitos.
    • VSG (Velocidad de Sedimentación Globular) Sangre
    • Bioquímica Básica, Suero: Glucosa, Urea, Creatinina, Ácido Úrico, AST/GOT, ALT/GPT, GGT, Bilirrubina, Bilirrubina esterificada, Colesterol, Colesterol HDL, Colesterosl LDL, Triglicéridos, Hierro (II+III), Albúmina y Proteinas totales.
  • Análisis de Orina:Análisis citoquímico de la orina
  • Emisión de consejos y recomendaciones

Según los hallazgos de las exploraciones realizadas y del análisis de sangre y orina, se facilitarán recomendaciones y consejos adaptados a cada situación.

Hay que venir en ayunas como mínimo de 4 horas pero es aconsejable que sean ayunas de 8 horas.

RECONOCIMIENTO MÉDICO PERSONALIZADO

En caso de querer realizar un reconocimiento médico personalizado, puede ponerse en contacto con nosotros para solicitar las pruebas que necesite y le haremos un reconocimiento a medida.